NIC
    Chile Sentencias Arbitrales sobre nombres de dominio
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Fallo por Revocación de dominio "milka.cl"



Santiago, 3 de marzo de 2003.


Arbitraje de revocación nombre de dominio “milka.cl”

Partes: Asignatario      :  Comercial Milka Ltda.

      Reclamante            :  Kraft Foods Schweiz Holding A.G.
 
Vistos:

1.      Que como consta en autos, el día 7 de diciembre de 2001, doña Helena Siebel Bierwirth, en representación de Kraft Foods Schweiz Holding A.G. presenta demanda de revocación del nombre de dominio milka.cl.

En dicha demanda se señala que Kraft Foods Schweiz Holding A.G. es propietaria de la marca MILKA registrada tanto en Chile como en el extranjero. A su vez se señala que se acompañan al escrito diversos documentos que ilustran el prestigio de la marca MILKA.

A continuación se indica que el artículo 22 de la Reglamentación de Nic Chile establece los requisitos para que proceda una demanda de revocación de dominio.

En relación con la letra a) del artículo 22, se indica que el revocante es titular de los siguientes registros marcarios. Registros N°388.377, 413.982, 456.298, 496.704, 467.466, 582.633, 488.973, 534.998, 564.373 y 598.074 de la marca MILKA.

En cuanto a la letra b) del artículo 22, se señala que la firma Milka Ltda no tiene derecho o interés legítimo alguno en relación al nombre de dominio en disputa, puesto que los productos que ésta vende no dicen ninguna relación con productos MILKA, vendiendo el registrante su marca para productos de animales.

En relación a la letra c) del artículo 22, se puede señalar que claramente Comercial Milka Ltda. debió conocer la existencia previa del nombre de dominio MILKA a nombre de mi mandante, dada la fama y notoriedad de este signo mundialmente, tanto como marca comercial como también com nombre de dominio, por cuanto es ampliamente vendido en diversos establecimientos en el país desde hace ya muchos años.

2.      Que mediante oficio N° OF01972 de NIC Chile recibido el día 13 de diciembre de 2002 me fue comunicada la designación de Juez Arbitro y remitidos los antecedentes relativos al conflicto de revocación del nombre de dominio “milka.cl”.

3.      Que por medio de resolución de fecha 18 de diciembre de 2002 fue aceptado el cargo de Juez Arbitro y establecida la fecha de la audiencia de conciliación para el día 6 de enero del 2003. Previa a la audiencia el demandante debía depositar la suma de $200.000 correspondiente a honorarios arbitrales, todo lo cual fue notificado por carta certificada a las partes y al Departamento de Ciencias de la Computación de la Universidad de Chile.

4.      Que como consta en autos, la Sra. Helena Siebel Bierwirth acompaña copia del avenimiento logrado entre Comercial Milka Ltda. y Kraft Foods Schweiz Holding AG, en virtud del cual Comercial Milka Ltda. acepta transferir el nombre de dominio milka.cl al reclamante. Asimismo en virtud del mismo, Kraft Foods Schweiz Holding A.G. se desiste de la demanda de revocación presentada en contra del nombre de dominio milka.cl.

 

 Se Resuelve:

 

En atención al avenimiento alcanzado por las partes, asígnese el nombre de dominio al reclamante Kraft Foods Schweiz Holding A.G.


Notifíquese a las partes mediante carta certificada.

 

 


Guillermo Carey Claro

Juez Arbitro


c.c. Nic Chile