NIC
    Chile Sentencias Arbitrales sobre nombres de dominio
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Fallo por Arbitraje de dominio "exportadores.cl"



Patricio de la Barra Gili

Arbitro

Santiago, 1 de Julio de 2003

 

En Santiago de Chile a 1 de Julio de 2003, Patricio de la Barra Gili, Juez Arbitro, designado para resolver el conflicto suscitado respecto del dominio "exportadores.cl", Oficio Nic Nº 2005-2002 viene en resolver lo siguiente:

 

1) Que, con fecha 12 de Noviembre de 2001, Financial Software S.A., representada por don Luitzen Beiboer, domiciliado en Av. Suecia 415, departamento Nº 801, Providencia, Santiago, solicitó el nombre de dominio exportadores.cl.

 

2) Que, con fecha 13 de Noviembre de 2001, Impresora y Comercial Publiguías S.A. debidamente representada por Pablo Iensen Cuadros ambos domiciliados en Av. Santa María 0792, Providencia, Santiago, solicitó el nombre de dominio de oposición "exportadores.cl".

 

3) Que, con fecha 30 de Julio de 2002, se recibió carpeta legal Oficio Nic Nº 2005-2002 en que se me proponía como Juez Arbitro en el conflicto del nombre de dominio "exportadores.cl"

 

4) Que, con fecha 1 de Agosto de 2002, mediante carta certificada este Arbitro acepta el cargo y jura desempeñarlo fielmente, citando a las partes a una audiencia de conciliación y/o de fijación de procedimiento para el día 12 de Agosto de 2002 a las 9:30 horas en sus oficinas.

 

5) Que, con fecha 12 de Agosto de 2002, a la hora establecida se efectuó el comparendo de fijación de procedimiento al que sólo asistió don Pablo Iensen Cuadros en representación de Impresora y Comercial Publiguías S.A. No compareció nadie en representación de Financial Software S.A.

 

6) Que, con fecha 12 de Agosto de 2002, mediante correo electrónico el señor Arbitro notificó a las partes del procedimiento arbitral a seguir en el conflicto "exportadores.cl".

 

7) Que, con fecha 23 de Agosto de 2002, don Pablo Iensen Cuadros en representación de Impresora y Comercial Publiguías S.A. hacen su presentación y fundamenta las razones por lo que a su juicio su mandante tiene mejor derecho para la asignación del nombre de dominio "exportadores.cl". En su presentación señaló lo siguiente:

 

a)      Que, Impresora y Comercial Publiguías S.A. ha solicitado el nombre de dominio "exportadores.cl" a objeto de generar un espacio en internet destinado a proveer a todos los clientes, los servicios, ayudas, soporte e información que aplaquen y ayuden a la gestión del comercio exterior, particularmente en el proceso exportador.

 

b)      Que, para este efecto se implementarán diversas áreas a saber, secciones bilingües que ayuden al visitante o potencial comprador externo a buscar y encontrar productos y servicios de nuestros clientes.

 

c)      Sección que provean tutoriales y ayuda a nuestros clientes en el proceso exportador.

 

d)      Secciones que permitan crear espacios para los visitantes externos generan requerimiento y acercamiento de la demanda y de la oferta.

 

e)      Que, se visualiza que este Portal de expotadores tendrá relación y enlace directo tanto con agentes del Estado, como con los privados relevantes en el proceso exportador y dará una atención a las asociaciones gremiales, que en esta forma tengan un solo sitio de manera transparente y simple.

 

f)        Que, a la fecha de hoy Financial Software S.A. tiene aproximadamente 1500 dominios, la mayoría de los cuales apuntan a un buscador de carácter genérico que se encuentra bajo el sitio www.sitios.cl.

 

g)      Que, Financial Software esta registrando dominios sin darle ningún uso concreto.

 

h)      Que, de hecho el nombre de dominio exportadores en este momento ha tenido el mismo destino que los otros dominios registrados por dicha empresa, es decir se encuentran en el sito www.sitos.cl

 

i)        Que, a título de ejemplo el dominio importadores.cl también se encuentra registrado por dicha compañía en diciembre del año 2001 y ha seguido exactamente dicho fin.

 

j)        Que, en un otrosí de su presentación acompaña la presentación con la propuesta alianza estratégica entre ProChile y Publiguías y Exporadores.

 

8) Que, con fecha 3 de Enero de 2003 Pablo Iansen Cuadros reitera los argumentos señalados con anterioridad respecto de la importancia que tiene para Impresora y Comercial Publiguías S.A. la asignación del dominio exporadores.cl y ahonda en las razones del proyecto exportadores.cl. en un otrosí adjunta los siguientes antecendentes.

 

·        Avances del proyecto celebrado entre Impresora y Comercial Publiguías S.A. y Prochile.

 

·        Correos electrónicos de diversas autoridades públicas y que manifiestan interés de celebrar un acuerdo por este tema

 

·        Inversión estimada por $140.000.000.- en la implementación de este proyecto exportadores.cl

 

9) Que, con fecha 3 de Enero de 2003 y proveyendo las presentaciones efectuadas por Impresora y Comercial Publiguías S.A. este Arbitro tiene por acompañado bajo apercibimiento legal los documentos acompañados por éste.

 

10) Que, con fecha 3 de Enero de 2003 es notificada esta resolución por correo electrónico a las partes.

 

11) Que, con fecha 9 de Mayo de 2003 y atendido el estado del proceso se cita a las partes a oir sentencia.

 

CONSIDERANDO:

 

1)      Que, atendida la naturaleza del conflicto de autos esto es juicio arbitral tiene por objeto determinar quien de las partes, es decir primer solicitante, o segundo solicitante, goza de mejor derecho sobre el nombre de dominio exportadores.cl.

 

2)      Que, durante el proceso arbitral, don Pablo Iensen en representación de Impresoras y Comercial Publiguías S.A. ha tenido el carácter de segundo solicitante y, por lo tanto, de demandante. Consecuencialmente con lo anterior, le ha correspondido demostrar su mejor derecho para ser titular del nombre de dominio exportadores.cl y al demandado, esto es, Financial Software S.A. desvirtuar lo anterior y/o probar que sus derechos son anteriores y superiores a aquellos que alega la contraparte.

 

3)      Que, Impresora y Comercial Publiguías S.A. acompañó documentos probatorios no objetados por la contraria que debidamente ponderados acreditan a juicio de este Arbitro que dicha compañía cuenta con un proyecto que además se encuentra patrocinado o en vías de ser patrocinado por Prochile, organismo del estado encargado de promocionar las exportaciones de los productores, servicios de empresas nacionales en el exterior.

 

4)       Que, asimismo conforme al análisis de los documentos acompañados por Impresora y Publiguías S.A. dicho portal tendría por objeto hacer las veces de nexos entre las empresas interesadas en adquirir productos de origen nacional, las empresas nacionales interesadas en exportar dichos productos y entes del Estado encargados de promover y ayudar a que dichos negocios se concreten, todo lo cual se enmarca dentro de un proyecto que está desarrollando Impresora y Comercial Publiguías S.A. según consta en los documentos acompañados.

 

5)      Que, asimismo Impresora y Publiguías S.A. ha demostrado que efectivamente existen avanzadas negociaciones con Prochile tendientes a desarrollar este proyecto en forma conjunta con dicho ente, todo lo cual evidentemente demuestra que existe un proyecto concreto en el que se han invertido varias horas hombre y que efectivamente tiene un costo de inversión relevante.

 

6)      Que, la reglamentación para el funcionamiento del registro de dominio.cl establece en las cláusula 6ª "que por el hecho de solicitar la inscripción de un nombre de dominio bajo el dominio.cl, se entiende que el solicitante acepta expresamente, suscribe y se compromete a catar el ejercicio comprendidos por las normas contenidas en el presente documento, sin reserva de ninguna especie"

 

7)      Que, asimismo la citada reglamentación dispone expresamente en su cláusula 14 que "será responsabilidad exclusiva del solicitante que su inscripción no sea contraria a las normas vigentes sobre abuso de publicidad, los principios de competencia leal y ética mercantil como asimismo los derechos válidamente adquiridos por terceros.

 

8)      Que, este juicio arbitral ha sido llevado a cabo en rebeldía de Financial Software S.A. y que el único antecedente que obra en autos respecto al mismo es la permanente política que ha tenido dicha compañía de registrar nombres de dominio sin darle un uso a los mismos, todo lo cual evidentemente establece que no existe un real interés sobre la expresión exportadores sino que dicho dominio seguirá inevitablemente el mismo destino que han tenido los anteriores dominios adquiridos por dicha compañía.

 

9)      Que, atendido lo expuesto en el escrito de la demanda y prueba documental rendida por el demandante que acredita entre otras cosas existir un proyecto concreto, efectivo y legítimo respecto de la expresión exportadores y en especial la actitud pasiva de Financia Software S.A. y su indiferencia para con las resultas de este juicio arbitral, llevan a este arbitro al convencimiento que Impresoras y Comercial Publiguías S.A. tiene mejor derecho para ser titular del nombre de dominio exportadores.cl

 

10)   Que, visto lo anterior y conforme a lo establecido en el art. Anterior se resuelve:

 

Asígnese el nombre de dominio exportadores.cl a Impresora y Comercial Publiguías S.A.

 

11) Que, en uso de las facultades de este Juez Arbitro estima que cada parte se hará cargo de sus costas.

 

Notifíquese esta sentencia definitiva a las partes por correo certificado remítase los antecedentes a Nic Chile para su inscripción y archivo.

 

Sentencia pronunciada por Patricio de la Barra.

 

Santiago 1 de Julio de 2003-